| Comisión de Tecnología de la Construcción |
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| Entre
los Requisitos Esenciales que establece
la Directiva de Productos de la Construcción, figura el ahorro de
energía y el aislamiento térmico.
En el año 1993 la Directiva 76 de la Comunidad Económica Europea ( CEE ) fué sancionada atendiendo a la decisión SAVE de la CEE que fijaba para el año 2000 el objetivo ecológico de estabilizar las emisiones de C02, al mismo nivel de las de 1990. El Artículo 2 de la Directiva 76 define la Certificación Energética, como la descripción de las características que suministran clara información a los usuarios sobre la eficiencia energética del edificio.
Esta preponderancia
del sector residencial justificó la Directiva 76. Como datos complementarios
surgieron los siguientes consumos parciales promedios,en los edificios
de la Unión Europea: El Certificado es una evaluación técnica que informa al usuario, sobre los niveles de desempeño energético de los edificios. Refleja el coeficiente de transmisión global del edificio y también el consumo de energía para la calefacción y refrigeración. Se eligió un procedimiento de valoracíón, no un método de cálculo. Algunos países para una interpretación sencilla han adoptado una calificación final del Certificado en términos de estrellas, que con claridad y concisión informan al usuario. Se evalúan los efectos que sobre el consumo, tienen determinadas modificaciones, suministrando valores que permiten cuantificar una mejora respecto a otra. Son criterios de selección de materiales o elementos, en la fase de diseño, que posibilitan una mejora relativa, Para lograr la reducción del consumo de energía, los procedimientos pueden ser: 1-Aumento del rendimiento de las instalaciones energéticas con opciones de sistemas y fuentes de energía.( ISH Congress ) 2- Reducción de demandas y pérdidas térmicas con alternativas referidas al envolvente del edificio. La elección de las distintas opciones catalogadas, configuran grados de eficiencia energética variables, y el promotor deberá adoptar la calificación para su edificio. Los catálogos de opciones, con sus tablas auxiliares, excluyen aquellas soluciones que ocasionarían incrementos apreciables del costo final. Se trata que la mayor calidad energética, corresponda a un aumento de precio lo más reducido posible. Finalmente, el consumo de energía dependerá del buen uso que haga el usuario del inmueble y del mantenimiento preventivo de los equipos para mantener sus prestaciones nominales. |
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| Este importante instrumento para el mejoramiento de la calidad de la vivienda, tuvo como antecedentes para su estudio : la Ley de Ahorro de Energía de 1976 y el Decreto de Acondicionamiento Térmico de 1982, en Alemania; Reglamentaciones del Ministerio de Vivienda de Francia de 1974-82-88 y las Leyes N° 373 de 1976 y N° 10 de 1991 en Italia. |
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